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viernes, 4 de mayo de 2012

Insecticidas contra cochinilla. Situación actual del buprofezin y el spirotetramat.

En los últimos días se ha comentado varias veces en el blog el tema de la autorización de buprofezin debido a la aparición en la base de datos del MAGRAMA del registro de un producto comercial llamado FENZIN. También se ha citado -yo mismo lo hice- al spirotetramat, esperando su autorización como agua de mayo. Como hay novedades he decidido hacer este post para aclarar posibles errores que, cuando se trata de fitosanitarios, suelen traer consecuencias dramáticas para nuestro sector.
Pero primero hay que aclarar como funciona la legislación de fitosanitarios en Europa actualmente. La Directiva 91/414/CEE regula que materias activas pueden utilizarse en los países de la UE y cuales están prohibidas; las materias activas autorizadas son las incluidas en el famoso Anexo I. Pero esto no quiere decir que podamos usar todas las materias activas incluidas en este anexo, cada estado miembro tiene potestad para decidir que materias activas se utilizan en cada cultivo y para definir las condiciones de uso. En España solo se pueden utilizar los formulados comerciales incluidos en el Registro de Productos Fitosanitarios del MAGRAMA, cuya base de datos se puede consultar aquí. Cuando cada estado define estos ámbitos y condiciones de utilización debe asegurarse que se cumplirán los LMRs europeos, trabajo que realizan las empresas formuladoras, que deben presentar un dossier muy completo -y muy caro de elaborar- sobre su producto y proponer en que cultivos, en que condiciones y con que plazo de seguridad ha de emplearse su producto fitosanitario. Los LMRs se armonizaron para todos los países de la UE a partir del Reglamento (CE) 148/2008 -que entró en vigor en septiembre del 2008-, pero son continuamente revisados por nuevos reglamentos que se publican constantemente. Para seguir la pista a este batiburrillo de información la mejor herramienta es la base de datos del SANCOque es la máxima autoridad europea en materia de salud y consumo (su nombre viene del francés "Santé et Consommateurs") Aclarado esto vamos al meollo de la cuestión...
El buprofezin (el famoso y añorado APPLAUD de Syngenta) quedó fuera del Anexo I en la Decisión 2008/771, que resolvía que todos los registros de uso de productos a base de buprofezin quedarán abolidos en los países miembros con fecha límite 30 de marzo del 2010. Syngenta, como fabricante de productos a base de buprofezin, asumió el papel de defender el uso de esta sustancia y promover su reinclusión en el Anexo I -papel que en todo este rollo legal recibe el nombre de empresa notificadora-. Pero la burocracia europea es lentísima, así que hasta el 2011 no se incluyó al buprofezin en el puñetero Anexo I, en concreto con la Directiva 2011/6/UE de 20 de enero de 2011. Pero claro, a estas alturas ya habían sido anulados todos los registros en los países miembros y había que empezar el proceso desde el principio. Y en esa fase estamos ahora; Syngenta está preparando el dossier para registrar de nuevo el APPLAUD, pero las estimaciones más optimistas -según la propia Syngenta- hablan de al menos 1 año y medio hasta que pueda ser registrado. ¿Por qué ha aparecido ahora el registro de FENZIN en la base del MAGRAMA?... Debe tratarse sin duda de un error, porque NARANJAX S.L. y ARTEMIS 2000 (el fabricante y el propietario del registro) están ahora muy ocupados defendiéndose del proceso judicial del llamado "Caso Fabra". Resumiendo: ahora mismo es ILEGAL utilizar buprofezin en España, aunque tenga LMR y esté autorizado en Europa; los pimientos se podrían comercializar si los residuos están por debajo del LMR, pero su detección en un análisis de residuos podría acarrear graves sanciones para el agricultor. Así que mucho ojo con lo que se receta y se aplica...

En cuanto al spirotetramat su situación legal en Europa es totalmente diferente. Aún no está incluido en el Anexo I; pero dispone de una autorización especial de la Comisión Europea que permite su uso hasta el 31 de diciembre del 2012, puesto que se supone que antes de esa fecha será incluido en dicho anexo. En España está en proceso de registro -según Bayer con el expediente muy adelantado-, pero si en Europa la burocracia es lenta en España no es precisamente rápida. Ahora bien, cuando se da una situación fitosanitaria de especial gravedad el MAGRAMA concede autorizaciones extraordinarias de uso por un periodo de unos meses en algunos cultivos (como paso con Tuta absoluta), siempre que lo soliciten las autoridades autonómicas y que éstas supervisen y controlen las aplicaciones. Y en esa fase estamos; el MAGRAMA ha concedido una autorización especial para el spirotetramat en uva de mesa y pimiento contra cochinillas algodonosas -que he reproducido en las tres imágenes que acompañan al post (haciendo click sobre ellas se verán mejor)- y Bayer está preparando a marchas forzadas el lanzamiento del MOVENTO, que será el nombre del producto comercial. Esta autorización especial expira el 31 de agosto, pero todo parece indicar que -al estar el expediente tan adelantado- se acelere el registro definitivo y podamos seguir utilizando este producto más allá de esa fecha... ya veremos. Es una gran noticia, pero me gustaría destacar que -según dice el propio documento en el segundo párrafo de la primera hoja- la autorización se ha concedido por la comunicación que han realizado las Comunidades Autónomas de Murcia y Valencia sobre la reciente aparición de problemas graves con cochinillas algodonosas y resistencias a los fitosanitarios autorizados en los cultivos de pimiento de sus respectivos territorios. Se ve que, para la Junta de Andalucía, aquí en Almería no tenemos problemas en pimiento con cochinillas algodonosas... Otro tanto para nuestra Administración Autonómica y en especial para nuestro Servicio de Sanidad Vegetal

25 comentarios:

  1. ¡¡¡Aporellos!!!4 de mayo de 2012, 11:54

    Para los que no estamos tan metidos en el tema fitosanitario es una gran suerte contar contigo. Claro, conciso y ordenado. Que maravilla contar contigo en este blog.

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  2. ¿No pretenderás comparar los ineptos e innectos de la Junta de Andalucía con los murcianos?.

    Pero ahora se arreglará todo con el Valderas, el que llama al rey de Marruecos "Hassam III o VI o como se llame" y el que dice que sólo se aplicarán los recortes en Andalucía "por imperativo legal" (como si hubiese otra opción) y el que dice que "en Andalucía no se aplicará la reforma laboral a los funcionarios", como si estuviese hecha para ellos.

    Menuda gentuza nos gobierna.

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    1. Murcia 816,2 Andalucía 327,9: si que nos llevan ventaja

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    2. Puedes explicar esas cifras Aguilera?, no lo pillo. Gracias.

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  3. ¿¿Innectos?? Primero habría que pasar por el colegio para aprender a escribir. Viñalarga, te recuerdo que tu amado PP europeo con mayoría en el parlamento europeo aprobó el acuerdo con Marruecos.

    No creo que sea para tanto. Realmente, ¿Alguna finca a tenido pérdidas de producción considerables por la cochinilla en Almería? Vinalarga, te vamos calando.

    Mi enhorabuena para Entomofílico, un gran trabajo.

    Saludos

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    1. La verdad es que es difícil cuantificar los daños directos por plaga, pero te aseguro que en más de un caso han sido ataques muy serios y que no queda nada bien que los pimientos lleguen a mercado con bichitos blancos andando por encima. Y además olvidas los daños colaterales que sobre la población de Orius y swirskii causa el uso de neonicotinoides u organofosforados -aunque sea por focos- o el desgaste que supone para una planta tratarla con dosis altas de jabones fosfóricos y aceites de verano todas las semanas.
      Además, por superficie de pimiento y por número de casos aparecidos, la importancia de esta plaga en Almería es superior a la que tiene en el Campo de Cartagena (evidentemente si Valencia y Murcia reclaman al unisono detrás está SURINVER y otras empresas de esta comarca que comparten ambas Comunidades) Y no lo digo yo, sino gente muy seria que ha estado trabajando en ello los últimos años; ya hablé de esto en un post hace unos meses (http://elhocino-adra.blogspot.com.es/2011/11/prospeccion-de-cochinillas-algodonosas.html)
      Más allá de opiniones políticas -y te aseguro que en eso no coincido con mi amigo Viñalarga- sigue pareciéndome curioso que los Servicios de Sanidad Vegetal de Valencia y Murcia reaccionen rápidamente -al año siguiente de aparecer los primeros casos de Phenacoccus-, informen de ello al MAGRAMA y consigan un registro provisional que nos evitará a todos muchos problemas ("pirateo" de ilegales, multas y sanciones, residuos de productos ineficaces...) mientras que en Andalucía, 4 años después de los primeros casos en Almería y con presencia de la plaga en la mayoría de los cultivos, ni siquiera se le haya dado importancia. ¿Qué esperan? ¿Qué se coma el campo entero?
      Claro que teniendo en cuenta que hace unos años la Tuta pasó de Murcia a Granada -sin pasar "oficialmente" por Almería- antes de que aquí se hiciera algo todo es posible. Hasta que apareciera de pronto una nube de Tuta sobre La Cañada sin que "oficialmente" la plaga estuviera en la provincia (por si no ha quedado suficientemente claro estoy siendo muy irónico) Gracias al cielo los murcianos volvieron a hacernos el "trabajo sucio" y consiguieron el registro provisional de Fenos, Altacor y Epic, porque como siempre Andalucía (y Almería con ella) estaba dormida.
      Ese es el problema compañero Anónimo, que este de la cochinilla no es el primer caso. No culpo a los profesionales del Servicio, pero está claro que alguien quiere que todo el mundo piense que en Almería nunca pasa nada y quedar bien presentando las bonitas estadísticas del TRIANA año tras año. Los soldados rasos que trabajamos en los invernaderos estamos siempre solos cuando vienen problemas y eso la verdad frustra bastante...

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    2. Qué lo vas calando, ahora, ja? Viñalarga tranparentíiiiiiisimo, sino el que más, y siempre de cara.

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    3. Me alegra que me vayais calando, ya era hora hombre. No sabes el trabajo que me cuesta expresar mi animadversión hacia esos políticos compravotos, demagogos y engañabobos, aunque quizá sí lo sepas desde hace mucho tiempo.

      Lo del colegio ya no me importa mucho, intento no cometer faltas de ortografía, por vergüenza torera, auque no siempre lo consigo, pero me conformaría con que se me entiendiera y se me calara más rápidamente.

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    4. al colegio dice jeje.... que pena que no conozcas a viña...

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    5. Por cierto, en mi comentario anterior donde decía "Fenos, Altacor y Epic" tenía que decir "Fenos, Altacor y Affirm".
      Es que con los nervios se me fue la pinza...

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  4. Ni sembrar alarmas, ni discordias, pero a veces esta bien que los tecnicos y agricultores sepan que hay un problema en el campo "de al lado" en este caso y que se esta resolviendo con x producto q aun no podemos utilizar nosotros, cosa que haria que pusisemos algo mas de atencion.Puede ser que no se sepa el telefono de la consejeria de agricultura murciana, nuestra consejeria andaluza jajajaj.
    Muchas gracias Homo Agricola.

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    1. SE PRECISA VOLUNTARIO para que le haga llegar a los ineptos de la consejeria andaluza el número de tlf de la consejeria murciana que es el: 968 362 000

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  5. Mas de una vez me han dicho por ahi que la fecha de caducidad de registro de un producto se refiere a la fecha maxima en la que se puede comprar, pero que luego tenemos 6 meses mas para poder gastarlo ¿es eso asi?

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    1. Hortelano, cuando una materia activa sale del Anexo I -y por tanto va a dejar de estar autorizada- suelen darse un plazo de 18 meses desde la publicación de la Decisión de la Comisión Europea (que es la ley que lo prohibe) y la fecha límite de uso.
      Los primeros seis meses suelen destinarse a que los fabricantes vendan su stock: despues de esa fecha no pueden suministrarlo a sus distribuidores.
      Los siguientes seis se destinan a que los distribuidores vendan el suyo, así que despues de ese plazo el producto no puede ser vendido y desaparece el Registro. Aunque a veces se haga no es legal vender el producto una vez finalice este plazo, te diga lo que te diga el almacén de suministros.
      Los últimos seis son para que los agricultores gasten sus restos (que deberían haber sido comprados en los meses anteriores), así que es más o menos como tu dices; pero hay que tener cuidado con la fecha en que se realiza la última aplicación. En realidad una vez que cumple la fecha límite -y siempre que ninguna empresa notificadora haya solicitado la reinclusión en el Anexo I- los LMR de la materia activa retirada suelen bajar a un nivel muy bajo y casi cualquier traza que aparezca en un análisis es ilegal. Si apuras el plazo y tratas pocos días antes de la fecha límite lo más probable es que aparezcan residuos y puedes tener un problema si te analizan el género. Y de nada te servirá decir que has gastado el producto antes de la fecha límite... es realidad es que por eso se dejan 6 meses al agricultor: para que haya tiempo de sobra de aplicarlo y que se degrade cualquier residuo.
      Ahora, si lo que ocurre es que los Registros de un producto comercial han caducado, pero la materia activa sigue siendo legal (como cuando cayeron los registros de todas las ciromazinas menos el TRIGARD) entonces el agricultor si tiene 6 meses para gastarlo sin problema ninguno. Pero siempre hablamos de restos, porque venderlo no es legal una vez que desaparece el registro.
      Espero haberme explicado bien... Ya ves, en estas cosas hay que andarse con ojo y leer bien la letra pequeña.

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    2. Entonces no es como yo creia. Segun te he entendido, pongo el ejemplo del switch, su registro caduca en octubre de este año, desde abril ya no se deberia vender a agricultores y estos 6 meses serian para gastarlo. Yo pensaba que los 6 meses empezaban a partir de octubre.
      Gracias.
      Otra cosilla, he estado hojeando el cuadro de productos y ocb,s de Gabriel (que tio mas apañao) y veo que hay varios productos que ya han caducado y siguen en la tabla, ¿por que es? Se me ocurre una sugerencia si te parece bien Gabriel, y es que marcaras esas fechas ya caducadas en rojo para distinguirlas bien y las que estan proximas a caducar en amarillo, es solo una sugerencia.

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    3. Compañero hortelano, como diria la chirigota "a lo mejor no te has enterao o a lo mejor yo no me explicao" (jejejeje)

      El registro caduca cuando se deja de vender a los agricultores. Los últimos 6 meses para gastar restos en campo el producto no tiene registro. Así que en tu ejemplo los 6 meses para gastarlo empezarían en octubre y desde marzo el fabricante no debería de suministrarlo a los almacenes de los distribuidores.
      Y en cuanto a la caducidad de los registros no te puedes fiar del todo de la base de datos de MAGRAMA... La burocracia va lenta y a veces las renovaciones de registro se retrasan, se dan prorrogas provisionales,... todo esto es un autentico lio. En cuanto al Switch no creo que Syngenta renuncie a uno de sus productos estrella; ya veras como renuevan el registro.

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  6. En los casos de suelos salinizados se recomienda dar riegos largos y espaciados. ¿que iria mejor 45min diarios o 1:30h dia si dia no con un agua en torno a 1CE?

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    1. ¡¡¡ Aporellos !!!5 de mayo de 2012, 17:47

      Con un agua de riego de CE 1,0 dS/m es dificil de salinizar un suelo. Con este agua no hay que tomar ninguna medida especial, solamente regar bien. Regar bien supone echar el agua que la planta necesita y en el momento adecuado. La manera fácil de resolver este problema es, partiendo de datos estadísticos generales proporcionados en la web de Las Palmerillas ó en la de Asistencia al Regante de la Junta de Andalucía, controlar el riego con tensiómetros. En el nº 1 de la Revista HOMOAGRICOLA nuestro amigo Gabriel publicó un excelente artículo del uso de los tensiómetros y a él te remito Hortelano.
      Volviendo con la salinización. La manera de lavar sales es dando agua en exceso, es decir, mas agua de la que la planta necesita de forma que la que sobre escurra y arrastre las sales fuera del sistema de raices. En el ejemplo que planteas, con toda una serie de consideraciones que habría que hacer, de las dos opciones la mejor es la primera, es decir, regar con 45' diarios.
      Si además de tensiómetros pones una sonda de succión y mides la CE regularmente, tendrás el mejor modo de comprobar si estás manteniendo el suelo en niveles de salinización no estresantes para el cultivo.

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  7. lo repetiré hasta la saciedad si hace falta con tal de que todo el mundo se entere, HORTELANO, con el sistema wise-irrisystem dices adios a todos esos problemas y dudas

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  8. Y volvió el tonto a la era...

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  9. tu si que eres tonto nene, ignorante

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  10. Con el sistema wise se crian nabos de 25cm. si qureis verlo podeis quedar conmigo en sitelametotereviento@gmail.com
    PD el anonimo de las 07:13 ya lo ha probado.

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  11. En realidad estoy deseando que el de wise escriba algún post con datos teóricos y demás, a ver cuando sucede, así nos dejaríamos de cachondeo, no, quien sabe?

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  12. Anonimo de las 10:41 tienes toda la razon.
    PD el anonimo de las 07:13 hizo que mi nabo creciera feliz.

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  13. Mas pesao que un collar de viguetas.

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